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Espacios protegidos

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  • Espacios Naturales Protegidos

    De acuerdo con la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y la Biodiversidad, tienen la consideración de Espacios Naturales Protegidos aquellos «espacios del territorio nacional, incluidas las aguas continentales y las aguas marítimas bajo soberanía o jurisdicción nacional, incluidas la zona económica exclusiva y la plataforma continental, que cumplan al menos uno de los requisitos siguientes y sean declarados como tales:

    • Contener sistemas o elementos naturales representativos, singulares, frágiles, amenazados o de especial interés ecológico, científico, paisajístico, geológico o educativo.
    • Estar dedicados especialmente a la protección y el mantenimiento de la diversidad biológica, de la geodiversidad y de los recursos naturales y culturales asociados.

    La Legislación estatal prevé cinco figuras de protección (Parques, Reservas Naturales, Áreas Marinas Protegidas, Monumentos Naturales, Paisajes Protegidos); la legislación autonómica relativa a la conservación de la naturaleza incrementa las denominaciones elevando la tipología de espacios naturales a más de 40.

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  • Red natura 2000

    La Directiva de Hábitat 92/43/CEE obliga a todos los Estados Miembros de la Unión Europea a entregar una lista nacional de lugares de importancia comunitaria según sus Anexos, la cual, en sucesivas fases, se transformará a Lista de Lugares de Importancia Comunitaria (LIC) y después en Zonas de Especial Conservación (ZEC). Tales ZEC, junto con las Zonas de Especial Protección para las Aves (ZEPA), conforman la futura Red Natura 2000.

    Su finalidad es asegurar la supervivencia a largo plazo de las especies y los tipos de hábitat en Europa, contribuyendo a detener la pérdida de biodiversidad. Es el principal instrumento para la conservación de la naturaleza en la Unión Europea.

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  • Áreas protegidas por instrumentos internacionales

    De acuerdo con la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, tienen la consideración de áreas protegidas por instrumentos internacionales todos aquellos espacios naturales que sean formalmente designados de conformidad con lo dispuesto en los Convenios y Acuerdos internacionales de los que sea parte España y, en particular, los siguientes:

    • Los Humedales de Importancia Internacional, del Convenio de Ramsar.
    • Los sitios naturales de la Lista del Patrimonio Mundial, de la Convención sobre la Protección del Patrimonio Mundial, Cultural y Natural.
    • Las áreas protegidas del Convenio para la protección del medio ambiente marino del Atlántico del nordeste (OSPAR)
    • Las Zonas Especialmente Protegidas de Importancia para el Mediterráneo (ZEPIM), del Convenio para la protección del medio marino y de la región costera del Mediterráneo.
    • Los Geoparques, declarados por la UNESCO.
    • Las Reservas de la Biosfera, declaradas por la UNESCO.
    • Las Reservas biogenéticas del Consejo de Europa

    El régimen genérico de protección de estas áreas será el establecido en los correspondientes Convenios y Acuerdos internacionales.
    La información oficial de cada una de las áreas protegidas por instrumentos internacionales existentes en España constará en el Inventario Español de Espacios Naturales Protegidos, Red Natura 2000 y Áreas protegidas por instrumentos internacionales, pendiente de instrumentación reglamentaria.
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Nombre Figura de protección Descripción
Reserva Marina de Cabo de Palos-Islas Hormigas Otras figuras
(Categoría UICN: Área protegida manejada)
La reserva integral y de máxima protección se encuentra en torno a los islotes de Las Hormigas alcanzándose fondos de más de 50 metros de profundidad. Se alternan los fondos de mäerl y arenosos y las praderas de Posidonia oceanica. Zona de paso para las especies pelágicas. Esta reserva se dirige a la regeneración de los recursos objetivo de la actividad pesquera considerada más tradicional de la zona. (https://www.mapa.gob.es/es/pesca/temas/proteccion-recursos-pesqueros/reservas-marinas-de-espana/)
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Reserva Marina de Levante de Mallorca-Cala Ratjada Otras figuras
(Categoría UICN: Área protegida manejada)
Situada al nordeste de la Isla de Mallorca y en las aguas exteriores de la zona. Esta reserva se dirige a la regeneración de los recursos objetivo de la actividad pesquera tradicional de la zona y cuyos artes de pesca, permiten unas capturas más selectivas. (https://www.mapa.gob.es/es/pesca/temas/proteccion-recursos-pesqueros/reservas-marinas-de-espana/)
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Reserva Marina de Masía Blanca Otras figuras
(Categoría UICN: Área protegida manejada)
Situada en el litoral mediterráneo, al norte de la ciudad de Tarragona, se extiende por fondos inferiores a 25 metros. Protege praderas de Posidonia oceanica y fondos de "maërl". Estos fondos consisten en unas barras rocosas perpendiculares a la costa de elevada biodiversidad e interés como zona de cría de especies de interés pesquero: dorada, salmonete y otras. (https://www.mapa.gob.es/es/pesca/temas/proteccion-recursos-pesqueros/reservas-marinas-de-espana/)
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El Cachucho Area Marina Protegida (OSPAR)
(Categoría UICN: No aplica)
El convenio sobre la protección del medio marino del Atlántico Nordeste (OSPAR) suscrito en París el 22 de septiembre de 1992, fue el resultado de refundir dos convenios anteriores: el convenio de Oslo para la prevención de la contaminación marina provocada por vertidos desde buques y aeronaves, y el convenio de París para la prevención de la contaminación marina de origen terrestre. Fue ratificado por España mediante instrumento de 25 de enero de 1994 (BOE de 24 de junio de 1998). El Convenio OSPAR entró en vigor en 1998, por lo que, a partir de esa fecha, su articulado es de obligado cumplimiento para las Partes Contratantes que se reúnen cada año, y cada cinco años tiene lugar una reunión ministerial de las partes. El trabajo del Convenio de OSPAR para el periodo 2010-2020 se rige por su Estrategia. (https://www.miteco.gob.es/es/costas/temas/proteccion-medio-marino/proteccion-internacional-mar/convenios-internacionales/convenio_ospar.aspx).
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Islas Atlanticas de Galicia Area Marina Protegida (OSPAR)
(Categoría UICN: No aplica)
El convenio sobre la protección del medio marino del Atlántico Nordeste (OSPAR) suscrito en París el 22 de septiembre de 1992, fue el resultado de refundir dos convenios anteriores: el convenio de Oslo para la prevención de la contaminación marina provocada por vertidos desde buques y aeronaves, y el convenio de París para la prevención de la contaminación marina de origen terrestre. Fue ratificado por España mediante instrumento de 25 de enero de 1994 (BOE de 24 de junio de 1998). El Convenio OSPAR entró en vigor en 1998, por lo que, a partir de esa fecha, su articulado es de obligado cumplimiento para las Partes Contratantes que se reúnen cada año, y cada cinco años tiene lugar una reunión ministerial de las partes. El trabajo del Convenio de OSPAR para el periodo 2010-2020 se rige por su Estrategia. (https://www.miteco.gob.es/es/costas/temas/proteccion-medio-marino/proteccion-internacional-mar/convenios-internacionales/convenio_ospar.aspx).
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Riu Fluvia Otras figuras
(Categoría UICN: Paisaje terrestre y marino protegido)
En Cataluña, el Plan de espacios de interés natural (PEIN), aprobado en 1992, es el instrumento de planificación de nivel superior que estructura el sistema de espacios protegidos de Cataluña e integra este sistema dentro del conjunto del territorio , ya que el PEIN es un plan territorial sectorial encuadrado dentro del Plan territorial de Catalunya (1995). (https://mediambient.gencat.cat/ca/05_ambits_dactuacio/patrimoni_natural/senp_catalunya/el_pla_despais_dinteres_natural_de_catalunya/)
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Riu Llobregat Emporda-Riera de Torrelles Otras figuras
(Categoría UICN: Área protegida manejada)
En Cataluña, el Plan de espacios de interés natural (PEIN), aprobado en 1992, es el instrumento de planificación de nivel superior que estructura el sistema de espacios protegidos de Cataluña e integra este sistema dentro del conjunto del territorio , ya que el PEIN es un plan territorial sectorial encuadrado dentro del Plan territorial de Catalunya (1995). (https://mediambient.gencat.cat/ca/05_ambits_dactuacio/patrimoni_natural/senp_catalunya/el_pla_despais_dinteres_natural_de_catalunya/)
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Riu Llemena Otras figuras
(Categoría UICN: Paisaje terrestre y marino protegido)
En Cataluña, el Plan de espacios de interés natural (PEIN), aprobado en 1992, es el instrumento de planificación de nivel superior que estructura el sistema de espacios protegidos de Cataluña e integra este sistema dentro del conjunto del territorio , ya que el PEIN es un plan territorial sectorial encuadrado dentro del Plan territorial de Catalunya (1995). (https://mediambient.gencat.cat/ca/05_ambits_dactuacio/patrimoni_natural/senp_catalunya/el_pla_despais_dinteres_natural_de_catalunya/)
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Riu Verneda Otras figuras
(Categoría UICN: Paisaje terrestre y marino protegido)
En Cataluña, el Plan de espacios de interés natural (PEIN), aprobado en 1992, es el instrumento de planificación de nivel superior que estructura el sistema de espacios protegidos de Cataluña e integra este sistema dentro del conjunto del territorio , ya que el PEIN es un plan territorial sectorial encuadrado dentro del Plan territorial de Catalunya (1995). (https://mediambient.gencat.cat/ca/05_ambits_dactuacio/patrimoni_natural/senp_catalunya/el_pla_despais_dinteres_natural_de_catalunya/)
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Tamarit-Punta de la Móra-Costes del Tarragones Otras figuras
(Categoría UICN: No asignado)
En Cataluña, el Plan de espacios de interés natural (PEIN), aprobado en 1992, es el instrumento de planificación de nivel superior que estructura el sistema de espacios protegidos de Cataluña e integra este sistema dentro del conjunto del territorio , ya que el PEIN es un plan territorial sectorial encuadrado dentro del Plan territorial de Catalunya (1995). (https://mediambient.gencat.cat/ca/05_ambits_dactuacio/patrimoni_natural/senp_catalunya/el_pla_despais_dinteres_natural_de_catalunya/)
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Espacio marino de la Ria de Mundaka-Cabo de Ogoño Area Marina Protegida (OSPAR)
(Categoría UICN: No aplica)
El convenio sobre la protección del medio marino del Atlántico Nordeste (OSPAR) suscrito en París el 22 de septiembre de 1992, fue el resultado de refundir dos convenios anteriores: el convenio de Oslo para la prevención de la contaminación marina provocada por vertidos desde buques y aeronaves, y el convenio de París para la prevención de la contaminación marina de origen terrestre. Fue ratificado por España mediante instrumento de 25 de enero de 1994 (BOE de 24 de junio de 1998). El Convenio OSPAR entró en vigor en 1998, por lo que, a partir de esa fecha, su articulado es de obligado cumplimiento para las Partes Contratantes que se reúnen cada año, y cada cinco años tiene lugar una reunión ministerial de las partes. El trabajo del Convenio de OSPAR para el periodo 2010-2020 se rige por su Estrategia. (https://www.miteco.gob.es/es/costas/temas/proteccion-medio-marino/proteccion-internacional-mar/convenios-internacionales/convenio_ospar.aspx).
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Espacio marino de los Islotes de Portios-Isla Conejera-Isla de Mouro Area Marina Protegida (OSPAR)
(Categoría UICN: No aplica)
El convenio sobre la protección del medio marino del Atlántico Nordeste (OSPAR) suscrito en París el 22 de septiembre de 1992, fue el resultado de refundir dos convenios anteriores: el convenio de Oslo para la prevención de la contaminación marina provocada por vertidos desde buques y aeronaves, y el convenio de París para la prevención de la contaminación marina de origen terrestre. Fue ratificado por España mediante instrumento de 25 de enero de 1994 (BOE de 24 de junio de 1998). El Convenio OSPAR entró en vigor en 1998, por lo que, a partir de esa fecha, su articulado es de obligado cumplimiento para las Partes Contratantes que se reúnen cada año, y cada cinco años tiene lugar una reunión ministerial de las partes. El trabajo del Convenio de OSPAR para el periodo 2010-2020 se rige por su Estrategia. (https://www.miteco.gob.es/es/costas/temas/proteccion-medio-marino/proteccion-internacional-mar/convenios-internacionales/convenio_ospar.aspx).
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Espacio marino de Cabo Peñas Area Marina Protegida (OSPAR)
(Categoría UICN: No aplica)
El convenio sobre la protección del medio marino del Atlántico Nordeste (OSPAR) suscrito en París el 22 de septiembre de 1992, fue el resultado de refundir dos convenios anteriores: el convenio de Oslo para la prevención de la contaminación marina provocada por vertidos desde buques y aeronaves, y el convenio de París para la prevención de la contaminación marina de origen terrestre. Fue ratificado por España mediante instrumento de 25 de enero de 1994 (BOE de 24 de junio de 1998). El Convenio OSPAR entró en vigor en 1998, por lo que, a partir de esa fecha, su articulado es de obligado cumplimiento para las Partes Contratantes que se reúnen cada año, y cada cinco años tiene lugar una reunión ministerial de las partes. El trabajo del Convenio de OSPAR para el periodo 2010-2020 se rige por su Estrategia. (https://www.miteco.gob.es/es/costas/temas/proteccion-medio-marino/proteccion-internacional-mar/convenios-internacionales/convenio_ospar.aspx).
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Espacio marino de Punta de Candelaria-Ria de Ortigueira-Estaca de Bares Area Marina Protegida (OSPAR)
(Categoría UICN: No aplica)
El convenio sobre la protección del medio marino del Atlántico Nordeste (OSPAR) suscrito en París el 22 de septiembre de 1992, fue el resultado de refundir dos convenios anteriores: el convenio de Oslo para la prevención de la contaminación marina provocada por vertidos desde buques y aeronaves, y el convenio de París para la prevención de la contaminación marina de origen terrestre. Fue ratificado por España mediante instrumento de 25 de enero de 1994 (BOE de 24 de junio de 1998). El Convenio OSPAR entró en vigor en 1998, por lo que, a partir de esa fecha, su articulado es de obligado cumplimiento para las Partes Contratantes que se reúnen cada año, y cada cinco años tiene lugar una reunión ministerial de las partes. El trabajo del Convenio de OSPAR para el periodo 2010-2020 se rige por su Estrategia. (https://www.miteco.gob.es/es/costas/temas/proteccion-medio-marino/proteccion-internacional-mar/convenios-internacionales/convenio_ospar.aspx).
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Espacio marino de la Costa de Ferrolterra-Valdoviño Area Marina Protegida (OSPAR)
(Categoría UICN: No aplica)
El convenio sobre la protección del medio marino del Atlántico Nordeste (OSPAR) suscrito en París el 22 de septiembre de 1992, fue el resultado de refundir dos convenios anteriores: el convenio de Oslo para la prevención de la contaminación marina provocada por vertidos desde buques y aeronaves, y el convenio de París para la prevención de la contaminación marina de origen terrestre. Fue ratificado por España mediante instrumento de 25 de enero de 1994 (BOE de 24 de junio de 1998). El Convenio OSPAR entró en vigor en 1998, por lo que, a partir de esa fecha, su articulado es de obligado cumplimiento para las Partes Contratantes que se reúnen cada año, y cada cinco años tiene lugar una reunión ministerial de las partes. El trabajo del Convenio de OSPAR para el periodo 2010-2020 se rige por su Estrategia. (https://www.miteco.gob.es/es/costas/temas/proteccion-medio-marino/proteccion-internacional-mar/convenios-internacionales/convenio_ospar.aspx).
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