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Espacios protegidos

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  • Espacios Naturales Protegidos

    De acuerdo con la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y la Biodiversidad, tienen la consideración de Espacios Naturales Protegidos aquellos «espacios del territorio nacional, incluidas las aguas continentales y las aguas marítimas bajo soberanía o jurisdicción nacional, incluidas la zona económica exclusiva y la plataforma continental, que cumplan al menos uno de los requisitos siguientes y sean declarados como tales:

    • Contener sistemas o elementos naturales representativos, singulares, frágiles, amenazados o de especial interés ecológico, científico, paisajístico, geológico o educativo.
    • Estar dedicados especialmente a la protección y el mantenimiento de la diversidad biológica, de la geodiversidad y de los recursos naturales y culturales asociados.

    La Legislación estatal prevé cinco figuras de protección (Parques, Reservas Naturales, Áreas Marinas Protegidas, Monumentos Naturales, Paisajes Protegidos); la legislación autonómica relativa a la conservación de la naturaleza incrementa las denominaciones elevando la tipología de espacios naturales a más de 40.

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  • Red natura 2000

    La Directiva de Hábitat 92/43/CEE obliga a todos los Estados Miembros de la Unión Europea a entregar una lista nacional de lugares de importancia comunitaria según sus Anexos, la cual, en sucesivas fases, se transformará a Lista de Lugares de Importancia Comunitaria (LIC) y después en Zonas de Especial Conservación (ZEC). Tales ZEC, junto con las Zonas de Especial Protección para las Aves (ZEPA), conforman la futura Red Natura 2000.

    Su finalidad es asegurar la supervivencia a largo plazo de las especies y los tipos de hábitat en Europa, contribuyendo a detener la pérdida de biodiversidad. Es el principal instrumento para la conservación de la naturaleza en la Unión Europea.

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  • Áreas protegidas por instrumentos internacionales

    De acuerdo con la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, tienen la consideración de áreas protegidas por instrumentos internacionales todos aquellos espacios naturales que sean formalmente designados de conformidad con lo dispuesto en los Convenios y Acuerdos internacionales de los que sea parte España y, en particular, los siguientes:

    • Los Humedales de Importancia Internacional, del Convenio de Ramsar.
    • Los sitios naturales de la Lista del Patrimonio Mundial, de la Convención sobre la Protección del Patrimonio Mundial, Cultural y Natural.
    • Las áreas protegidas del Convenio para la protección del medio ambiente marino del Atlántico del nordeste (OSPAR)
    • Las Zonas Especialmente Protegidas de Importancia para el Mediterráneo (ZEPIM), del Convenio para la protección del medio marino y de la región costera del Mediterráneo.
    • Los Geoparques, declarados por la UNESCO.
    • Las Reservas de la Biosfera, declaradas por la UNESCO.
    • Las Reservas biogenéticas del Consejo de Europa

    El régimen genérico de protección de estas áreas será el establecido en los correspondientes Convenios y Acuerdos internacionales.
    La información oficial de cada una de las áreas protegidas por instrumentos internacionales existentes en España constará en el Inventario Español de Espacios Naturales Protegidos, Red Natura 2000 y Áreas protegidas por instrumentos internacionales, pendiente de instrumentación reglamentaria.
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Nombre Figura de protección Descripción
Espacio marino de la Costa da Morte Area Marina Protegida (OSPAR)
(Categoría UICN: No aplica)
El convenio sobre la protección del medio marino del Atlántico Nordeste (OSPAR) suscrito en París el 22 de septiembre de 1992, fue el resultado de refundir dos convenios anteriores: el convenio de Oslo para la prevención de la contaminación marina provocada por vertidos desde buques y aeronaves, y el convenio de París para la prevención de la contaminación marina de origen terrestre. Fue ratificado por España mediante instrumento de 25 de enero de 1994 (BOE de 24 de junio de 1998). El Convenio OSPAR entró en vigor en 1998, por lo que, a partir de esa fecha, su articulado es de obligado cumplimiento para las Partes Contratantes que se reúnen cada año, y cada cinco años tiene lugar una reunión ministerial de las partes. El trabajo del Convenio de OSPAR para el periodo 2010-2020 se rige por su Estrategia. (https://www.miteco.gob.es/es/costas/temas/proteccion-medio-marino/proteccion-internacional-mar/convenios-internacionales/convenio_ospar.aspx).
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Espacio marino de Banco de Galicia Area Marina Protegida (OSPAR)
(Categoría UICN: No aplica)
El convenio sobre la protección del medio marino del Atlántico Nordeste (OSPAR) suscrito en París el 22 de septiembre de 1992, fue el resultado de refundir dos convenios anteriores: el convenio de Oslo para la prevención de la contaminación marina provocada por vertidos desde buques y aeronaves, y el convenio de París para la prevención de la contaminación marina de origen terrestre. Fue ratificado por España mediante instrumento de 25 de enero de 1994 (BOE de 24 de junio de 1998). El Convenio OSPAR entró en vigor en 1998, por lo que, a partir de esa fecha, su articulado es de obligado cumplimiento para las Partes Contratantes que se reúnen cada año, y cada cinco años tiene lugar una reunión ministerial de las partes. El trabajo del Convenio de OSPAR para el periodo 2010-2020 se rige por su Estrategia. (https://www.miteco.gob.es/es/costas/temas/proteccion-medio-marino/proteccion-internacional-mar/convenios-internacionales/convenio_ospar.aspx).
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Espacio marino de las Rias Baixas de Galicia Area Marina Protegida (OSPAR)
(Categoría UICN: No aplica)
El convenio sobre la protección del medio marino del Atlántico Nordeste (OSPAR) suscrito en París el 22 de septiembre de 1992, fue el resultado de refundir dos convenios anteriores: el convenio de Oslo para la prevención de la contaminación marina provocada por vertidos desde buques y aeronaves, y el convenio de París para la prevención de la contaminación marina de origen terrestre. Fue ratificado por España mediante instrumento de 25 de enero de 1994 (BOE de 24 de junio de 1998). El Convenio OSPAR entró en vigor en 1998, por lo que, a partir de esa fecha, su articulado es de obligado cumplimiento para las Partes Contratantes que se reúnen cada año, y cada cinco años tiene lugar una reunión ministerial de las partes. El trabajo del Convenio de OSPAR para el periodo 2010-2020 se rige por su Estrategia. (https://www.miteco.gob.es/es/costas/temas/proteccion-medio-marino/proteccion-internacional-mar/convenios-internacionales/convenio_ospar.aspx).
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Golfo de Cadiz Area Marina Protegida (OSPAR)
(Categoría UICN: No aplica)
El convenio sobre la protección del medio marino del Atlántico Nordeste (OSPAR) suscrito en París el 22 de septiembre de 1992, fue el resultado de refundir dos convenios anteriores: el convenio de Oslo para la prevención de la contaminación marina provocada por vertidos desde buques y aeronaves, y el convenio de París para la prevención de la contaminación marina de origen terrestre. Fue ratificado por España mediante instrumento de 25 de enero de 1994 (BOE de 24 de junio de 1998). El Convenio OSPAR entró en vigor en 1998, por lo que, a partir de esa fecha, su articulado es de obligado cumplimiento para las Partes Contratantes que se reúnen cada año, y cada cinco años tiene lugar una reunión ministerial de las partes. El trabajo del Convenio de OSPAR para el periodo 2010-2020 se rige por su Estrategia. (https://www.miteco.gob.es/es/costas/temas/proteccion-medio-marino/proteccion-internacional-mar/convenios-internacionales/convenio_ospar.aspx).
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Espacio marino del Tinto y del Odiel Area Marina Protegida (OSPAR)
(Categoría UICN: No aplica)
El convenio sobre la protección del medio marino del Atlántico Nordeste (OSPAR) suscrito en París el 22 de septiembre de 1992, fue el resultado de refundir dos convenios anteriores: el convenio de Oslo para la prevención de la contaminación marina provocada por vertidos desde buques y aeronaves, y el convenio de París para la prevención de la contaminación marina de origen terrestre. Fue ratificado por España mediante instrumento de 25 de enero de 1994 (BOE de 24 de junio de 1998). El Convenio OSPAR entró en vigor en 1998, por lo que, a partir de esa fecha, su articulado es de obligado cumplimiento para las Partes Contratantes que se reúnen cada año, y cada cinco años tiene lugar una reunión ministerial de las partes. El trabajo del Convenio de OSPAR para el periodo 2010-2020 se rige por su Estrategia. (https://www.miteco.gob.es/es/costas/temas/proteccion-medio-marino/proteccion-internacional-mar/convenios-internacionales/convenio_ospar.aspx).
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Espacio marino de la Bahia de Cadiz Area Marina Protegida (OSPAR)
(Categoría UICN: No aplica)
El convenio sobre la protección del medio marino del Atlántico Nordeste (OSPAR) suscrito en París el 22 de septiembre de 1992, fue el resultado de refundir dos convenios anteriores: el convenio de Oslo para la prevención de la contaminación marina provocada por vertidos desde buques y aeronaves, y el convenio de París para la prevención de la contaminación marina de origen terrestre. Fue ratificado por España mediante instrumento de 25 de enero de 1994 (BOE de 24 de junio de 1998). El Convenio OSPAR entró en vigor en 1998, por lo que, a partir de esa fecha, su articulado es de obligado cumplimiento para las Partes Contratantes que se reúnen cada año, y cada cinco años tiene lugar una reunión ministerial de las partes. El trabajo del Convenio de OSPAR para el periodo 2010-2020 se rige por su Estrategia. (https://www.miteco.gob.es/es/costas/temas/proteccion-medio-marino/proteccion-internacional-mar/convenios-internacionales/convenio_ospar.aspx).
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Meatzaldea - Zona Minera de Bizkaia Otras figuras
(Categoría UICN: Paisaje terrestre y marino protegido)
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Concejo de Elia Paisajes Protegidos
(Categoría UICN: Paisaje terrestre y marino protegido)
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Sierra de Santo Domingo Paisajes Protegidos
(Categoría UICN: Paisaje terrestre y marino protegido)
La singular orografía de la sierra de Santo Domingo genera la existencia de una gran riqueza de formaciones vegetales, que cubren sus laderas y se estructuran según los requerimientos de temperatura y humedad con algunas peculiaridades fruto de las inversiones térmicas existentes en sus barrancos. Todas estas formaciones albergan una gran riqueza faunística, ya que esta sierra favorece una cohesión ecológica entre el valle del Ebro y Pre y Pirineo. (https://www.rednaturaldearagon.com/conoce-los-espacios-naturales-protegidos-de-la-red-natural-de-aragon/)
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Babia y Luna Otros Parques
(Categoría UICN: Paisaje terrestre y marino protegido)
Espacio de contrastes desde el punto de vista geomorfológico, ecológico y paisajístico. El relieve varía desde abruptas siluetas y elevadas altitudes, hasta suaves y amplias vegas. Se conservan aquí numerosos rasgos morfológicos de origen y muestras de la actuación de los procesos kársticos debido a la relativa abundancia de formaciones carbonatadas. La zona acoge importantes yacimientos de interés paleontológico. Elevada diversidad de vegetación, motivada por sus grandes variaciones orográficas y litológicas, se completa con una elevada riqueza faunística. Territorio que puede constituir un corredor de conexión interpoblacional. Por otro lado, la zona tiene un indudable valor histórico-cultural. (https://medioambiente.jcyl.es/web/es/medio-natural/espacios-naturales.html)
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Alcornoque El Abuelo Otras figuras
(Categoría UICN: Monumento natural)
Especie Quercus suber L. Ejemplar situado en la finca La Herguijuela Árbol muy conocido que destaca por su biometría y porte singular. Altura 15 m, perímetro del tronco a 1,30 m 7,70 m y diámetro de copa 20 m. (http://extremambiente.juntaex.es/index.php?option=com_content&view=article&id=1285&Itemid=459)
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Almendro Real Otras figuras
(Categoría UICN: Monumento natural)
El Almendro Real (Prunus amygdaloides) fue declarado Árbol Singular por su biometría, la belleza de su porte y su espectacular floración. Presenta un perímetro de tronco a 1,30 m de altura de 2,67 m, una altura total 12 m y un diámetro de copa de 15,50 m. Presenta una floración abundante y visible desde varios puntos. (https://www.xn--arbolybosquedelao-uxb.es/almendro-real-badajoz/#:~:text=El%20Almendro%20Real%20(Prunus%20amygdaloides,y%20visible%20desde%20varios%20puntos%20.)
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Pinos de Tienza Otras figuras
(Categoría UICN: Monumento natural)
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Cañada de Sierra Calera Otras figuras
(Categoría UICN: Área de gestión de hábitats/especies)
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Charneca del Cuquil Otras figuras
(Categoría UICN: Monumento natural)
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El sistema de referencia nativo de los datos es WGS 84 (CRS84) en coordenadas geográficas -  EPSG 4326.

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