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Espacios protegidos

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  • Espacios Naturales Protegidos

    De acuerdo con la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y la Biodiversidad, tienen la consideración de Espacios Naturales Protegidos aquellos «espacios del territorio nacional, incluidas las aguas continentales y las aguas marítimas bajo soberanía o jurisdicción nacional, incluidas la zona económica exclusiva y la plataforma continental, que cumplan al menos uno de los requisitos siguientes y sean declarados como tales:

    • Contener sistemas o elementos naturales representativos, singulares, frágiles, amenazados o de especial interés ecológico, científico, paisajístico, geológico o educativo.
    • Estar dedicados especialmente a la protección y el mantenimiento de la diversidad biológica, de la geodiversidad y de los recursos naturales y culturales asociados.

    La Legislación estatal prevé cinco figuras de protección (Parques, Reservas Naturales, Áreas Marinas Protegidas, Monumentos Naturales, Paisajes Protegidos); la legislación autonómica relativa a la conservación de la naturaleza incrementa las denominaciones elevando la tipología de espacios naturales a más de 40.

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  • Red natura 2000

    La Directiva de Hábitat 92/43/CEE obliga a todos los Estados Miembros de la Unión Europea a entregar una lista nacional de lugares de importancia comunitaria según sus Anexos, la cual, en sucesivas fases, se transformará a Lista de Lugares de Importancia Comunitaria (LIC) y después en Zonas de Especial Conservación (ZEC). Tales ZEC, junto con las Zonas de Especial Protección para las Aves (ZEPA), conforman la futura Red Natura 2000.

    Su finalidad es asegurar la supervivencia a largo plazo de las especies y los tipos de hábitat en Europa, contribuyendo a detener la pérdida de biodiversidad. Es el principal instrumento para la conservación de la naturaleza en la Unión Europea.

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  • Áreas protegidas por instrumentos internacionales

    De acuerdo con la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, tienen la consideración de áreas protegidas por instrumentos internacionales todos aquellos espacios naturales que sean formalmente designados de conformidad con lo dispuesto en los Convenios y Acuerdos internacionales de los que sea parte España y, en particular, los siguientes:

    • Los Humedales de Importancia Internacional, del Convenio de Ramsar.
    • Los sitios naturales de la Lista del Patrimonio Mundial, de la Convención sobre la Protección del Patrimonio Mundial, Cultural y Natural.
    • Las áreas protegidas del Convenio para la protección del medio ambiente marino del Atlántico del nordeste (OSPAR)
    • Las Zonas Especialmente Protegidas de Importancia para el Mediterráneo (ZEPIM), del Convenio para la protección del medio marino y de la región costera del Mediterráneo.
    • Los Geoparques, declarados por la UNESCO.
    • Las Reservas de la Biosfera, declaradas por la UNESCO.
    • Las Reservas biogenéticas del Consejo de Europa

    El régimen genérico de protección de estas áreas será el establecido en los correspondientes Convenios y Acuerdos internacionales.
    La información oficial de cada una de las áreas protegidas por instrumentos internacionales existentes en España constará en el Inventario Español de Espacios Naturales Protegidos, Red Natura 2000 y Áreas protegidas por instrumentos internacionales, pendiente de instrumentación reglamentaria.
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Nombre Figura de protección Descripción
Parga - Ladra - Támoga Otras figuras
(Categoría UICN: No asignado)
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Parpallo-Borrell Otras figuras
(Categoría UICN: Paisaje terrestre y marino protegido)
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Parque del Molino del Agua Otras figuras
(Categoría UICN: Paisaje terrestre y marino protegido)
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Alamos de Lodosa Monumentos Naturales
(Categoría UICN: Monumento natural)
Diecinueve ejemplares de edad muy avanzada conforman una preciosa alameda junto al río Ebro muy conocida en la zona. Sus ramas superiores fueron cortadas durante las guerras carlistas para que los liberales, que ocupaban la villa de Lodosa, tuviesen vista libre sobre el puente y la orilla opuesta ocupada por sus adversarios. Su avanzada edad, su historia y su valor ecológico derivado (alberga una importante colonia de murciélagos) hicieron que esta alameda ya fuera declarada Monumento Natural en 1991 y que hoy en día mantenga su catalogación. (http://www.navarra.es/home_es/Temas/Medio+Ambiente/Patrimonio+natural/Monumentos+naturales.htm)
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Pagoeta Otros Parques
(Categoría UICN: Paisaje terrestre y marino protegido)
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Nogal de Garde Monumentos Naturales
(Categoría UICN: Monumento natural)
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Marismas de Santoña, Victoria y Joyel Otros Parques
(Categoría UICN: Paisaje terrestre y marino protegido)
Se desarrollan sobre un sustrato geológico que puede dividirse en dos sectores: sedimentos actualmente continentales generados en la Era Secundaria y un conjunto de depósitos cuaternarios que se superponen a los anteriores. Se originaron por la elevación del nivel del mar tras la última glaciación, lo que provocó la inundación del valle fluvial del río Asón. (https://redcantabrarural.com/naturea-3/espacios-naturales-protegidos/)
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Muela Pinilla y del Puntal Monumentos Naturales
(Categoría UICN: Monumento natural)
La zona corresponde a un terreno elevado y plano de paredes escarpadas denominado muela. La zona elevada está formada por materiales del Período Cretácico (carbonatos de 145 a 88 m.a.) mientras que delimitando esta estructura están los materiales del Período Jurásico (de 195 a 150 m.a.) localizados en los valles y zonas más bajas. En este espacio se incluye una valiosa representación de la formación de dolomías, conocida como "Ciudad Encantada". (https://areasprotegidas.castillalamancha.es/rap/espacios-naturales-protegidos)
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Barranc de Santes Creus Otras figuras
(Categoría UICN: Paisaje terrestre y marino protegido)
En Cataluña, el Plan de espacios de interés natural (PEIN), aprobado en 1992, es el instrumento de planificación de nivel superior que estructura el sistema de espacios protegidos de Cataluña e integra este sistema dentro del conjunto del territorio , ya que el PEIN es un plan territorial sectorial encuadrado dentro del Plan territorial de Catalunya (1995). (https://mediambient.gencat.cat/ca/05_ambits_dactuacio/patrimoni_natural/senp_catalunya/el_pla_despais_dinteres_natural_de_catalunya/)
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Navas de Malagon Reservas Naturales
(Categoría UICN: Área natural silvestre)
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Nublo Otros Parques
(Categoría UICN: Área protegida manejada)
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O Invernadeiro Otros Parques
(Categoría UICN: Parque nacional)
Zona montañosa en la parte sur del Macizo Central ourensano. Está conformada por los valles de los ríos Ribeira Grande y Ribeira Pequena, afluentes del Camba y pertenecientes a la cuenca del Sil, y encuadrada por las sierras de Queixa y Fial das Corzas, con picos de más de 1.600 m. Sus 5.722 ha de extensión pertenecen a la comarca de Viana y lindan con las de Terra de Trives y Verín (comarcas del Entroido –carnaval- ourensano por excelencia), en el centro-oriental de la provincia. Fue declarado Parque Natural el 05/06/1997, siendo el cuarto de la comunidad. Está situado a solo dos horas en coche de Enciña da Lastra y de O Xurés, los otros dos parques naturales de Ourense. (https://patrimonionatural.xunta.gal/es)
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Olivo de la Tapada Otras figuras
(Categoría UICN: Monumento natural)
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Negueira Otras figuras
(Categoría UICN: No asignado)
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Leizaran Otras figuras
(Categoría UICN: Área de gestión de hábitats/especies)
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Si lo desea puede descargar la cartografía completa de los distintos grupos de Espacios protegidos:

O también tiene la opción de descarga, en el mismo formato, de la selección aplicada en los filtros de su izquierda:

El sistema de referencia nativo de los datos es WGS 84 (CRS84) en coordenadas geográficas -  EPSG 4326.

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