Red de Áreas Marinas Protegidas (RAMPE)

La Red de Áreas Marinas Protegidas de España está constituida por espacios protegidos situados en el medio marino español, representativos del patrimonio natural marino, con independencia de que su declaración y gestión estén reguladas por normas internacionales, comunitarias y estatales, así como su marco normativo y el sistema de relaciones necesario para su funcionamiento. También podrán quedar integrados en la Red, aquellos espacios cuya declaración y gestión estén reguladas por normas autonómicas en el supuesto establecido en el artículo 36.1 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre. La Ley 41/2010, de 29 diciembre, de protección del medio marino crea formalmente la RAMPE, la regula y establece cuáles son sus objetivos, los espacios naturales que la conforman y los mecanismos para su designación y gestión.

Datos y Recursos

Extensión del conjunto de datos

Metadatos

Información básica
Tipo de recurso
Fecha de creación 16-11-2011
Fecha de última modificación 18-01-2025
Mostrar histórico de cambios
Identificador de los metadatos 7672013f-69a7-49c9-b7f4-9aaaa5
Idioma de los metadatos Español
Temáticas (NTI-RISP)
Categoría del conjunto de alto valor (HVD) Geoespacial
Categoría temática ISO 19115
Identificador alternativo
URI de palabras clave
Codificación UTF-8
Información espacial
Identificador INSPIRE
Temas INSPIRE
Identificador geográfico España
Sistema de Referencia de Coordenadas
Tipo de representación espacial
Extensión espacial
"{\"type\": \"Polygon\", \"coordinates\": [[[-18.16, 27.64], [4.32, 27.64], [4.32, 43.79], [-18.16, 43.79], [-18.16, 27.64]]]}"
Resolución espacial del dataset 50.000 m
Procedencia
Declaración de linaje

Forman parte de la Red de Áreas Marinas Protegidas de España los siguientes espacios protegidos: a) Las Áreas Marinas Protegidas. b) Las Zonas Especiales de Conservación y las Zonas de Especial Protección para las Aves, que conforman la Red Natura 2000. c) Otras categorías de espacios naturales protegidos, según establece el artículo 29 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre. d) Las áreas protegidas por instrumentos internacionales, sin perjuicio de que su declaración y gestión se ajustará a lo dispuesto en su correspondiente normativa internacional. e) Las Reservas Marinas reguladas en el artículo 14 de la Ley 3/2001, de 26 de marzo, de Pesca Marítima del Estado, quedarán integradas en la Red, sin perjuicio de que su declaración y gestión se realizará conforme a lo dispuesto en dicha ley.

Perfil de Metadatos
Conformidad
Conjunto de datos de origen
Frecuencia de actualización Desconocida
Fuentes
Propósito Los objetivos generales de la RAMPE, establecidos en el artículo 25 de la Ley 41/2010, son los siguientes: Asegurar la conservación y recuperación del patrimonio natural y la biodiversidad marina. Proteger y conservar las áreas que mejor representan el rango de distribución de las especies, hábitat y procesos ecológicos en los mares. Fomentar la conservación de corredores ecológicos y la gestión de aquellos elementos que resulten esenciales o revistan primordial importancia para la migración, la distribución geográfica y el intercambio genético entre poblaciones de especies de fauna y flora marinas. Constituir la aportación del Estado español a las redes europeas y paneuropeas que, en su caso, se establezcan, así como a la Red Global de Áreas Marinas Protegidas.
Pasos del proceso
Cobertura temporal (Inicio)
Cobertura temporal (Fin)
Notas sobre la versión
Versión
Vigencia del conjunto de datos
Parte responsable
Nombre del autor Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Nombre del mantenedor Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Identificador del autor E05068001
Email del autor buzon-bdatos@miteco.es
Web del autor https://www.miteco.gob.es/
Identificador del mantenedor E05068001
Email del mantenedor buzon-bdatos@miteco.es
Web del mantenedor