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Reptiles Terrestre Sin especificar

Crocodylus moreletii (Duméril & Bibron, 1851) Ámbito:
Terrestre
    Identificador:
28803

Grupo Taxonómico

Reptiles

Taxonomía

  • Autor: (Duméril & Bibron, 1851)
  • Reino: Animalia
  • División o Filo: Chordata
  • Clase: Reptilia
  • Orden: Crocodylia
  • Familia: Crocodylidae
  • Género: Crocodylus

Estado legal y de conservación

LC

Estado UICN (Mundial):  LC (Preocupación menor)

Autoridad Aplicación Conservación
UICN LC (Preocupación menor) Mundial
  • - Inventario Español de Parques Zoológicos
  • - Convenio sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES).
  • - Reglamento (CE) 338/1997, del Consejo, de 9 de diciembre de 1996, relativo a la protección de especies de la fauna y flora silvestres mediante el control de su comercio (CITES UE).
  • - Lista Roja de la UICN (Mundial) - IUCN Red List of Threatened Species (Global Assessment)
									
Estado legal Catálogos Norma Población
Apéndice I Convenio sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES). Convenio sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES). **I** Except the population of Belize, which is included in Appendix II with a zero quota for wild specimens traded for commercial purposes, and the population of Mexico, which is included in Appendix II. [...]
Anexo A Reglamento (CE) 338/1997, del Consejo, de 9 de diciembre de 1996, relativo a la protección de especies de la fauna y flora silvestres mediante el control de su comercio (CITES UE). Reglamento (UE) 2019/2117 de la Comisión, de 29 de noviembre de 2019, por el que se modifica el Reglamento (CE) nº 338/97 del Consejo relativo a la protección de especies de la fauna y flora silvestres mediante el control de su comercio. DOUE 320, de 11 de diciembre de 2019 Excepto la población de Belice, que se incluye en el anexo B, con un cupo cero para los especímenes silvestres comercializados con fines comerciales, y la población de México, que se incluye en el anexo B