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Mamíferos Terrestre Nativa

Felis silvestris Schreber, 1777 Nombre preferente:
Gato montés
Ámbito:
Terrestre
    Origen:
Nativa
    Identificador:
12214

Grupo Taxonómico

Mamíferos

Taxonomía

  • Autor: Schreber, 1777
  • Reino: Animalia
  • División o Filo: Chordata
  • Clase: Mammalia
  • Orden: Carnivora
  • Familia: Felidae
  • Género: Felis
Felis silvestris Schreber, 1777

Estado legal y de conservación

LESRPE: En régimen de protección especial

NT

Estado UICN (España):  NT (Casi amenazado)

LC

Estado UICN (Mundial):  LC (Preocupación menor)

U1

Estado Art. 17 (Dir. Hábitats) (Región Atlántica):  U1 (Desfavorable-inadecuado)

U1

Estado Art. 17 (Dir. Hábitats) (Región Alpina):  U1 (Desfavorable-inadecuado)

U1

Estado Art. 17 (Dir. Hábitats) (Región Mediterránea):  U1 (Desfavorable-inadecuado)

Descripción

Cuerpo largo con extremidades cortas. Longitud de la cola algo mayor que la mitad de la del cuerpo. Pelaje dorsal de color gris parduzco, con cuatro o cinco líneas longitudinales negras en el cuello, una banda espinal negra y diversas bandas transversales pardas en los flancos. Ventralmente blanquecino en garganta y cuello, y de color ante-crema en el resto. Cola cilíndrica con dos o tres anillos oscuros y extremo negro. Manos con cinco dedos y pies con cuatro, todos con uñas retráctiles. Fórmula dentaria: 3.1.3.1/3.1.2.1. Cuatro pares de mamas. Dimorfismo sexual (machos mayores y más pesados que las hembras) patente desde el desarrollo juvenil. Medidas externas correspondientes a gatos adultos de Francia, CC: 52,0-65,0 cm (machos), 48,5-57,0 cm (hembras); C: 26,0-34,5 cm (machos), 25,0-32,0 cm (hembras); P: 12,0-15,0 cm (machos), 11,5-13,5 cm (hembras); Ps: 3,4-7,5 kg (machos), 3,0-5,0 kg (hembras). Número de cromosomas (2n) = 38. Los individuos vivos de F. silvestris pueden confundirse externamente con gatos cimarrones (Felis catus) de tipo “tabby”, pero se pueden identificar mediante análisis genético. Se ha descrito un método osteométrico para distinguir los cráneos.

FUENTE: Atlas y Libro Rojo de los Mamíferos Terrestres de España. Dirección General para la Biodiversidad-SECEM-SECEMU

Idioma Nombre
Castellano Gato Silvestre
Castellano Gato montés
Catalán Gat fer
Catalán Gat frestec
Euskera Basakatua
Gallego Gato bravo
Francés Chat sauvage
Francés Chat orné
Inglés Wild Cat
Inglés Wildcat
Atributo Descripcion Fuente
Distribución

Se distribuye desde Europa occidental hasta el Cáucaso, presentando en la actualidad un área de distribución relicta. En Europa, existen poblaciones dispersas en las penínsulas Ibérica, Itálica y Balcánica, en Escocia, centro de Europa y los Cárpatos. Aunque se ha llegado a pensar que F. silvestris estaba ampliamente hibridado con gatos domésticos, recientes estudios genéticos parecen indicar que esto no es lo habitual y podría ocurrir sólo en puntos localizados (como Escocia).

En la Península Ibérica, y particularmente en España, F. silvestris presentaba una distribución histórica generalizada, que ha pasado a ser relicta en la actualidad. En el mapa adjunto se representan con puntos de color amarillo las celdillas de 10 x 10 km con ejemplares procedentes de colección e identificados como F.

silvestris, según el citado método craneométrico. F. silvestris no está presente en Baleares, Canarias ni en el norte de África.

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Ciclo vital

En Europa, tanto los machos como las hembras son sexualmente maduros al primer año de vida. Algunas hembras pueden reproducirse ese primer año, pero los machos suelen reproducirse a partir de los dos años de edad. El celo suele desarrollarse entre enero y marzo, la gestación dura una media de 66 días y los partos, generalmente de dos o tres crías, se producen entre abril y mayo. No obstante, algunas hembras que pierden esta camada pueden quedar preñadas a los pocos días y producir una segunda camada en junio o julio.

Las crías son altriciales.

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Hábitat

Aunque el gato montés puede vivir en sotos fluviales y hábitats más o menos esteparios, necesita de masas forestales importantes cercanas. Debido a las características bioclimáticas de la península, la subespecie F. s. silvestris habita bosques caducifolios, mientras que la subespecie F.

s. tartessia habita el bosque mediterráneo. Trabajos recientes en España indican que el mosaico de matorral, bosque mediterráneo y cultivos de secano es de gran importancia para la presencia de este félido.

Se han registrado citas de gato montés desde el nivel del mar, preferentemente en altitudes medias (300-800 m), y hasta los 2.250 m (Pirineo oriental). El límite altitudinal está determinado por la cobertura de nieve, pues evita las zonas donde ésta supera los 20 cm de espesor.

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Alimentación

Se alimenta fundamentalmente de micromamíferos y aves. En el norte de la Península, las presas más frecuentemente consumidas son los roedores, pero en la Iberia mediterránea el conejo (Oryctolagus cuniculus) constituye la base de su dieta.

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Ecología de poblaciones

Desconocido, puede ser escaso.

Base de Datos del Catálogo Nacional de Especies Amenazadas (MARM, 2007)
Medidas de conservación

Dado que en todas las comunidades autónomas el gato está protegido en las respectivas legislaciones autonómicas, sería importante aplicar de forma efectiva la legislación vigente para: - Regular de forma eficaz el control de depredadores para impedir la captura accidental de gatos monteses; incluir las políticas de conservación de carnívoros en la planificación cinegética. - Control exhaustivo de las poblaciones de gatos cimarrones, con especial hincapié en las zonas con poblaciones de gato montés. Esta medida debe ir acompañada de legislación y normativa estricta que impida el abandono de gatos domésticos. - Evaluación del grado de hibridación de las poblaciones de gato montés en la Península Ibérica mediante estudios genéticos que incluyan datos históricos que permitan delimitar el nivel de amenaza real para la especie.

- Evaluación de la prevalencia en el gato montés de enfermedades transmitidas por las poblaciones de gatos domésticos y cimarrones, en especial de las de carácter vírico. - Mantenimiento y protección de zonas de monte y matorral mediterráneo con una calidad de hábitat suficiente para la persistencia de poblaciones de gato montés y otros carnívoros. Esto implicaría el mantenimiento de un paisaje diversificado y bien conservado y la presencia de presas naturales, como lagomorfos o roedores.

Atlas y Libro Rojo de los Mamíferos Terrestres de España. Dirección General para la Biodiversidad-SECEM-SECEMU
Presiones y amenazas

1) Captura y persecución ilegal. El uso de artes ilegales de control de predadores y de veneno es una práctica común en muchas zonas de España, produciendo muertes de ejemplares de esta y otras especies amenazadas que en muchos casos quedan sin conocimiento (Guzmán y García, 1999). Diversos trabajos (Guzmán y García, 1999; Herranz et al., 1999; Duarte y Vargas, 2001) sugieren una elevada mortalidad de la especie debida a métodos de control de predadores, especialmente en cotos de caza menor (Virgós y Travaini, 2005), a pesar de las figuras legales de protección vigentes. 2) Pérdida del hábitat y fragmentación de las poblaciones.

La pérdida de unas condiciones mínimas de mosaico paisajístico y de calidad del hábitat parecen ser la causa de su desaparición de zonas agrícolas de las mesetas y valles de ríos como el Guadalquivir, el Duero y el Ebro (Herranz et al., 1999; Virgós et al., 2002). El cambio de usos cinegéticos y la expansión de ungulados silvestres podría también afectarle negativamente al alterar la calidad del hábitat y/o disminuir la disponibilidad de presas (lagomorfos y roedores, Lozano et al., datos inéditos). 336 Felis silvestris Gato montés 3) Hibridación y pérdida de diversidad genética.

La pérdida de variabilidad genética debida a la hibridación con el gato doméstico ha sido constantemente incluida en diversos trabajos europeos (Stahl y Artois, 1991). Diferentes trabajos muestran una gran variabilidad de resultados (Pierpaoli et al., 2003, Lecis et al., 2006). En la Península Ibérica, Oliveira et al.

(2005) obtienen un 14% de hibridación. La incidencia de la hibridación depende a su vez del grado de fragmentación de los hábitats naturales, de la presencia de poblaciones asentadas de gatos domésticos y/o asilvestrados y de la densidad de gatos monteses. En España, RuizGarcía et al.

(2001) encuentran un 4% en poblaciones de gato montés teóricamente bien conservadas de Sierra Morena oriental. Los datos existentes en España muestran un grado de hibridación relativamente bajo si bien se han localizado ejemplares híbridos en poblaciones teóricamente bien conservadas. Trampeos científicos realizados en Madrid (España et al., 2006), Sierra Morena y Montes de Toledo (Guzmán y García, datos inéditos), La Mancha (Herranz et al., 1999) y Málaga (Duarte, com. pers.) muestran tasas de captura de gatos domésticos/asilvestrados muy superiores a las de gatos monteses, indicando que en zonas con elevada presión humana existiría un elevado riesgo para las poblaciones silvestres.

En otras áreas, diversos trabajos han obtenido escasas o nulas capturas de gatos asilvestrados o domésticos y ausencia de hibridación (Ballesteros-Duperón et al., datos inéditos; Hernáez, datos inéditos), por lo que son necesarios estudios más relevantes y a una escala adecuada para aclarar el impacto real de este factor de amenaza. 4) Enfermedades infecciosas y otros trastornos sanitarios. Como consecuencia del contacto entre gatos domésticos y salvajes, la aparición de enfermedades de carácter vírico se considera un factor de riesgo real y algunos autores la consideran como la amenaza más importante (Ragni, 1993).

Destacan en la bibliografía el virus de la leucemia felina FeLV, el virus de inmunodeficiencia felina FIV y la peritonitis infecciosa (ver por ejemplo Daniels et al., 1999; Leutenegger et al., 1999). Se ha detectado la presencia de anticuerpos de FeLV y FIV en gatos monteses radiomarcados en Cataluña; también se ha citado para España la presencia de anticuerpos frente a Chlamydophila felis, así como la presencia de anticuerpos de moquillo canino. No hay de datos sobre el efecto de estas patologías a nivel poblacional.

Atlas y Libro Rojo de los Mamíferos Terrestres de España. Dirección General para la Biodiversidad-SECEM-SECEMU
Comportamiento/Etología

Es de hábitos solitarios. Tan sólo durante el celo, machos y hembras están juntos unos pocos días, volviendo enseguida a su vida solitaria. Después del parto, la hembra comparte el territorio con sus crías hasta que éstas se independizan, alrededor de los cinco o seis meses de edad, aunque a veces tolera su permanencia durante el primer invierno. Los jóvenes entonces se dispersan en busca de un territorio donde establecerse.

La comunicación en esta especie es fundamentalmente olfativa, utilizando para este fin la orina, los excrementos y ciertas secreciones glandulares.

Atlas y Libro Rojo de los Mamíferos Terrestres de España. Dirección General para la Biodiversidad-SECEM-SECEMU
Endemismo

F.s. tartessia: en la región mediterránea.

Base de Datos del Catálogo Nacional de Especies Amenazadas (MARM, 2007)
Relevancia para el ser humano y el medioambiente

Históricamente, el gato montés ha sido perseguido, al igual que otros carnívoros, por causar daños a especies cinegéticas. Nunca ha sido especie de interés peletero.

Atlas y Libro Rojo de los Mamíferos Terrestres de España. Dirección General para la Biodiversidad-SECEM-SECEMU
Estado de amenaza

Aunque no se conoce el tamaño de la población española de gatos monteses, una aproximación realizada por extrapolación mediante un valor de densidad medio (0,2-0,4 gatos/km2) al número de cuadrículas en las que está presente según el Atlas de los Mamíferos de España (1.684 cuadrículas UTM de 100 km2) permitiría establecer en unos 30.000 ejemplares maduros el tamaño medio de la población. Estudios parciales sugieren que la tendencia de las poblaciones podría mantenerse estable o con un ligero declive. El gato montés en España ocupa de forma general las zonas forestales y con vegetación natural (61%) y los hábitats agrícolas (37,2%), según la leyenda CORINE. Entre los primeros destacan las zonas de vegetación de matorral esclerófilo (13,5%), los bosques de coníferas (11,4%), los bosques caducifolios (11,2%) y las zonas de transición matorral-bosque (10%).

En las zonas agrícolas la mayoría corresponden a cultivos de secano de cereal (14,2%). Estos datos coinciden con trabajos realizados en España (Lozano et al., 2003). López-Martín (2005) y F.

J. García (datos inéditos) encuentran, mediante radioseguimiento, resultados similares en Cataluña y Sierra Morena, en los que destacan la importancia del mosaico del matorral, bosque mediterráneo y cultivos de secano.

Atlas y Libro Rojo de los Mamíferos Terrestres de España. Dirección General para la Biodiversidad-SECEM-SECEMU
Gestión

Propuestas:- Se precisan estudios básicos sobre su distribución, situación y tendencias poblacionales. - Estudio para conocer el alcance real y problemática de la hibridación. - Control del uso de métodos no selectivos de captura de predadores.

Base de Datos del Catálogo Nacional de Especies Amenazadas (MARM, 2007)
Autoridad Aplicación Conservación
UICN NT (Casi amenazado) España
UICN LC (Preocupación menor) Mundial
Art. 17 (Dir. Hábitats) U1 (Desfavorable-inadecuado) Región Atlántica
Art. 17 (Dir. Hábitats) U1 (Desfavorable-inadecuado) Región Alpina
Art. 17 (Dir. Hábitats) U1 (Desfavorable-inadecuado) Región Mediterránea
  • - Lista patrón de las especies silvestres presentes en España
  • - Informe nacional sobre la aplicación de la Directiva Hábitats en España 2007-2012.
  • - Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial y Catálogo español de especies amenazadas (RD 139/2011)
  • - Inventario Español de Especies Terrestres (IEET)
  • - Inventario Español de Parques Zoológicos
  • - Atlas y Libro Rojo de los Mamíferos Terrestres de España. Dirección General para la Biodiversidad-SECEM-SECEMU
  • - Catálogo Nacional de Especies Amenazadas (CNEA). R.D. 439/1990
  • - Convenio sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES).
  • - Directiva 92/43/CEE (Directiva Hábitats)
  • - Reglamento (CE) 338/1997, del Consejo, de 9 de diciembre de 1996, relativo a la protección de especies de la fauna y flora silvestres mediante el control de su comercio (CITES UE).
  • - Instrumento de ratificación del Convenio relativo a la conservación de la vida silvestre y del medio natural en Europa, hecho en Berna el 19 de septiembre de 1979.
  • - Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad
  • - Catálogo de especies de fauna amenazadas de la Región de Murcia
  • - Listado y Catálogo Andaluz de Especies Amenazadas
  • - Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Castilla-La Mancha
  • - Catalogo Regional de Especies Amenazadas de Extremadura
  • - Catálogo Regional de especies amenazadas de la Comunidad de Madrid
  • - Catálogo Vasco de Especies Amenazadas de la Fauna y Flora Silvestre y Marina
  • - Especies protegidas de la fauna salvaje autóctona por el Decreto Legislativo 2/2008 (Cataluña).
  • - Informe nacional sobre la aplicación de la Directiva Hábitats en España 2013-2018.
  • - Listado de Referencia de Especies de Directiva de Natura 2000 No Aves España
  • - Listado de Referencia de Especies de No Directiva de Natura 2000 No Aves España
  • - Lista Roja de la UICN (Mundial) - IUCN Red List of Threatened Species (Global Assessment)
  • - Relación de especies protegidas de la fauna salvaje autóctona y no incluidas en el Catálogo de la fauna salvaje autóctona amenazada de Cataluña
  • - Base de Datos del Catálogo Nacional de Especies Amenazadas (MARM, 2007)
									
Estado legal Catálogos Norma Población
LESRPE: En régimen de protección especial Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial y Catálogo español de especies amenazadas (RD 139/2011) Real Decreto 139/2011, de 4 de febrero, para el desarrollo del Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial y del Catálogo Español de Especies Amenazadas. BOE 46, de 23 de febrero de 2011 **II** [FAMILY listing Felidae spp.] Included in Appendix II, except for the species included in Appendix I. Specimens of the domesticated form are not subject to the provisions of the Convention.
Apéndice II Convenio sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES). Convenio sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES). Información sobre las especies incluidas en los Anexos del Convenio de Berna o Convenio relativo a la Conservación de la Vida Silvestre y del Medio Natural en Europa, proveniente de la Base de Datos europea EUNIS sobre especies a fecha de Mayo 2016.
Anexo IV Directiva 92/43/CEE (Directiva Hábitats) Directiva 92/43/CE de 21 de mayo de 1992 relativa a la conservación de los habitats naturales y de la fauna y flora silvestres. DOUE L 206/7 de 22 de julio de 1992
Anexo A Reglamento (CE) 338/1997, del Consejo, de 9 de diciembre de 1996, relativo a la protección de especies de la fauna y flora silvestres mediante el control de su comercio (CITES UE). Reglamento (UE) 2019/2117 de la Comisión, de 29 de noviembre de 2019, por el que se modifica el Reglamento (CE) nº 338/97 del Consejo relativo a la protección de especies de la fauna y flora silvestres mediante el control de su comercio. DOUE 320, de 11 de diciembre de 2019
Anexo II Instrumento de ratificación del Convenio relativo a la conservación de la vida silvestre y del medio natural en Europa, hecho en Berna el 19 de septiembre de 1979. Instrumento de ratificación del Convenio relativo a la conservación de la vida silvestre y del medio natural en Europa, hecho en Berna el 19 de septiembre de 1979. BOE 235 de 1 de octubre de 1986
Anexo V Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad. BOE 299, de 14 de diciembre de 2007
Especies de interés especial Catálogo de especies de fauna amenazadas de la Región de Murcia Ley 7/1995, de 21 de abril, de la fauna silvestre, caza y pesca fluvial de la Región de Murcia.
Listado Listado y Catálogo Andaluz de Especies Amenazadas Decreto 23/2012, de 14 de febrero, por el que se regula la conservación y el uso sostenible de la flora y la fauna silvestres y sus hábitats.
Especie de interés especial Listado Navarro de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial, Catálogo de Especies de Flora Amenazadas de Navarra y Catálogo de Especies de Fauna Amenazadas Decreto Foral 563/1995, de 27 de noviembre, por el que se incluyen en el Catálogo de Especies Amenazadas de Navarra determinadas especies y subespecies de vertebrados de la fauna silvestre.
Especie de interés especial Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Castilla-La Mancha Ley 9/1999, de 26 de mayo, de conservación de la Naturaleza. DOCM 40 de 12 de junio de 1999.
Especie de interés especial Catalogo Regional de Especies Amenazadas de Extremadura Decreto 78/2018, de 5 de junio, por el que se modifica el Decreto 37/2001, de 6 de marzo, por el que se regula el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Extremadura. DOE 112 de 11 de junio de 2018
Especie de interés especial Catálogo Regional de especies amenazadas de la Comunidad de Madrid Decreto 18/1992, de 26 de marzo, por el que se aprueba el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres y se crea la categoría de árboles singulares (Comunidad de Madrid).
Especie de interés especial Catálogo Vasco de Especies Amenazadas de la Fauna y Flora Silvestre y Marina Orden de 10 de enero de 2011, de la Consejera de Medio Ambiente, Planificación Territorial, Agricultura y Pesca, por la que se modifica el Catálogo Vasco de Especies Amenazadas de la Fauna y Flora Silvestre y Marina, y se aprueba el texto único.
Protegida Especies protegidas de la fauna salvaje autóctona por el Decreto Legislativo 2/2008 (Cataluña). Decreto Legislativo 2/2008, de 15 de abril, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de protección de los animales (Comunidad Autónoma de Cataluña).
Responsabilidad civil y reparación de daños: B: 2.000 eur Especies protegidas de la fauna salvaje autóctona por el Decreto Legislativo 2/2008 (Cataluña). Decreto Legislativo 2/2008, de 15 de abril por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de protección de animales. DOGC 5113, 17 de abril de 2008
Protegida Catálogo de la fauna salvaje autóctona amenazada de Cataluña DECRETO 172/2022, de 20 de septiembre, del Catálogo de fauna salvaje autóctona amenazada y de medidas de protección y conservación de la fauna salvaje autóctona protegida.